Apruébese la estrategia de destrucción de los poliovirus establecida en el documento GAP III. Crease el COMITÉ NACIONAL DE CERTIFICACIÓN (CNC). Apruébese las misiones y funciones del COMITÉ NACIONAL DE CERTIFICACIÓN (CNC).
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
19/01/2016
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
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Apruébase la ESTRATEGIA DE INCORPORACIÓN DE LA PRUEBA DE VPH COMO TAMIZAJE PRIMARIO.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
08/01/2016
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
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Inscríbase en el Registro de Establecimientos de Cirugía Bariátrica al Sanatorio de Nefrología, Urología y Enfermedades Cardiovasculares.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
01/12/2015
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
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Enfermedad Celíaca. Ley 26.588. Modificación.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
18/11/2015
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Nacional / Argentina
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Apruébase la GUÍA DE PRÁCTICA CLÍNICA PARA LA PREVENCIÓN, DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DE LA RETINOPATÍA DEL PREMATURO.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
13/11/2015
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
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Aprobar el Reglamento para el otorgamiento de Asistencia Financiera a Proyectos de Investigación en Cáncer de Origen Nacional III.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
09/11/2015
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Nacional / Argentina
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Establécese la adecuación al Régimen de ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
22/10/2015
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Instituto Nacional de Prevención, Diagnóstico, Tratamiento e Investigación de Enfermedades Cardiovasculares. Creación.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
24/09/2015
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Nacional / Argentina
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Determínase que las entidades alcanzadas por el artículo 9° de la Ley Nº 26.588 deberán brindar a cada persona con celiaquía, cobertura en concepto de harinas y premezclas libres de gluten por un monto mensual de PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 83/100 ($ 326,83), conforme a lo dispuesto por el Decreto Nº 528/11 y su modificatorio.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
03/09/2015
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
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Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Prevención de Enfermedades y Riesgos.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
29/06/2015
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